Titulua El TSJN vuelve a fallar contra UPN que el euskera debe valorarse como mérito ...

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A Data 2010/07/23
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El TSJN vuelve a fallar contra UPN que el euskera debe valorarse como mérito
su conocimiento puntuará en una oposición del sns-osasunbidea

Los jueces han vuelto a dictaminar, en contra de la cerrazón del Gobierno de UPN, que el conocimiento del euskera debe ser valorado como mérito en las convocatorias de empleo público. Así consta en una nueva sentencia firmada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra relacionada con unas oposiciones convocadas por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, al que, además, ha condenado a pagar las costas procesales derivadas de su recurso.

El director gerente del SNS-O aprobó el 21 de abril de 2008 una convocatoria, mediante concurso-oposición, para cubrir los puestos de trabajo de ATS/DUE que resultaran vacantes en el concurso de traslado de otra convocatoria precedente (en total 328 puestos de trabajo). En las bases de la oposición, se señalaba que el conocimiento acreditado del francés, inglés o alemán, como lenguas de uso oficial en la Unión Europea, se puntuaría con 1,6 puntos cada idioma, mientras que no se valoraba como mérito el conocimiento del euskera, al no otorgarle ningún punto, a pesar de tener la consideración de lengua oficial.

Las bases contravenían de ese modo lo dispuesto en el acuerdo de fecha 18 de septiembre de 2006, aprobado por el Gobierno de Navarra, por el que se adoptaban diversas medidas en materia de euskera. Así, en el apartado tercero del acuerdo se ordenaba que "cuando no esté considerado como requisito, se incluirá la valoración del vascuence como mérito con una valoración superior en un 5 por 100 a la puntuación correspondiente" al francés, inglés y alemán.

En el mismo texto se indicaba que "en tanto no se apruebe definitivamente por el Gobierno de Navarra el Plan de Actuación al que se refiere el presente acuerdo, los distintos departamentos y organismos públicos y otros entes dependientes de la Administración de la Comunidad Foral ejercerán sus competencias en las actuaciones que guarden relación con el presente acuerdo ajustándose a los criterios y principios contemplados en el mismo".

Varias opositoras recurrieron la convocatoria por considerar que era nula dado que no valoraba el conocimiento del euskera para todas las plazas convocadas. Además, debía puntuarse con un 5% más que el conocimiento francés, inglés o alemán.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número dos de Pamplona estimó el recurso de las opositoras por sentencia de fecha 30 de marzo de 2010, resolución que fue recurrida por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea ante el TSJN, que ahora ha fallado en el mismo sentido que el juzgado de primera instancia.

La sentencia, según las fuentes jurídicas consultadas, supone un importante cambio en las listas de resultados publicadas, de forma que personas que no habían accedido a plaza tienen derecho a ella y otras que sí la habían conseguido pueden subir en la lista de resultados y elegir destino con preferencia. Los nombramientos serán publicados el 15 de septiembre.

 
A ALBISTEAREN IRUDI OSAGARRIAK